Delitos de odio en España

Delitos de odio en España

Informe de la encuesta sobre delitos de odio en España presentada por el Ministerio de Interior.

Pese a que en España el recorrido histórico sobre los delitos de odio apenas llega a una década, es evidente que se ha avanzado mucho en su prevención, registro e investigación. Sin embargo, con bastante anterioridad se establecieron mecanismos para garantizar la igualdad y la dignidad de las personas, concretamente, la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (artículo 1) manifiesta que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados de razón y conciencia, tienen el deber de comportarse fraternalmente los unos con los otros”. Por tanto, es muy necesario avanzar en derechos y libertades que garanticen sociedades más justas e igualitarias, siendo los delitos de odio una lacra que debe ser erradicada.

De hecho, los delitos de odio se postulan como enemigos de los propios derechos humanos. Son actos delictivos cometidos por razón de los prejuicios y la intolerancia, llevados a su máxima expresión, por lo que suponen una grave amenaza tanto para las víctimas como para nuestra sociedad. Sin embargo, esta definición implica una posterior adaptación a la legislación propia de cada Estado, puesto que este término representa diferentes formas de incidentes o ilícitos penales, todos ellos motivados por prejuicios negativos hacía personas por presentar unas circunstancias o por pertenecer o creer que pertenecen a unos determinados colectivos recogidos en nuestra normativa como vulnerables y de especial protección.

En este sentido, cabría resaltar la definición de “delitos de odio” que la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) proporciona: “toda infracción penal, incluidas las cometidas contra las personas o la propiedad, dónde el bien jurídico protegido, se elige por su, real o percibida, conexión, simpatía, filiación, apoyo o pertenencia a un grupo. Un ‘grupo’ se basa en una característica común de entre sus miembros, real o percibida, como su raza, origen nacional o étnico, lengua, color de la piel, religión, edad, discapacidad, orientación sexual u otro factor similar”. Por tanto, de nuevo se erige como el principal elemento motivador el “prejuicio”, lo que distingue a los delitos de odio de otros hechos ilícitos. Además, esta característica los convierte en conductas radicales que preocupan especialmente a las organizaciones internacionales, autoridades nacionales y a la sociedad en particular.

La “Estrategia Integral contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia”, aprobada por acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del entonces Ministerio de Trabajo e Inmigración, de fecha 4 de noviembre de 2011, contempló entre sus objetivos y acciones a desarrollar la “promoción de mecanismos de detección y protocolos de intervención en caso de incidentes o actitudes racistas, xenófobas o discriminatorias”.

Con este fin se creó la Oficina Nacional de Lucha Contra los Delitos de Odio (a partir de ahora ONDOD), dependiente de la Dirección General de Coordinación y Estudios del Ministerio del Interior, mediante Instrucción núm. 1/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad.

A lo largo de estos últimos años, desde la ONDOD se ha trabajado incesantemente en avanzar en la lucha contra los delitos de odio. Por un lado, se han establecido relaciones internacionales con Organizaciones e Instituciones de ámbito público para coordinar estrategias en la lucha contra esta tipología delictiva, situando a España en la vanguardia del ámbito de los Derechos Humanos. Como ejemplo de esta cooperación, en el mes de marzo de 2021 se celebró un taller titulado “Evaluación de las estructuras y servicios nacionales para las víctimas de delitos de odio en España” (Assessing National Structures and Services for Hate Crime Victims in Spain), enmarcado en el proyecto “EStAR” (Enhancing Stakeholder Awareness and Resources for Hate Crime Victim Support), organizado por la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (ODIHR) de la OSCE y la ONDOD. Esta organización eligió España como anfitriona de este primer evento que se replicará en otros países. Dicho encuentro estuvo enfocado en la evaluación de las estructuras y los servicios nacionales existentes para el apoyo a las víctimas de delitos de odio, con el fin de identificar las lagunas y las deficiencias y poder desarrollar posteriormente futuras medidas que mejoren la asistencia a las víctimas.

Por otro lado, a nivel nacional, se han establecido Acuerdos interministeriales y relaciones con asociaciones del tercer sector, promoviendo acciones y estrategias para la detección, prevención, formación y reacción, frente a los delitos de odio en todas sus modalidades (incluido el discurso de odio). Esta cooperación recíproca está siendo muy satisfactoria, involucrando de forma trasversal a todos los organismos y actores intervinientes.

En este mismo orden de cosas, cabe resaltar que la ONDOD está desarrollando acciones para mejorar la formación y asistencia policial, dotando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FFCCS) de una mayor sensibilización para, a su vez, mejorar la protección a las víctimas o testigos de cualquier delito de odio. Esta formación policial, es una de las principales funciones de la ONDOD, recogida en la citada Instrucción núm. 1/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad. También se recoge en el Plan de Acción de lucha contra los delitos de odio, de hecho, uno de sus ejes principales es la integración en los planes formativos de la Policía Nacional y de la Guardia Civil de los conocimientos sobre Derechos Humanos, diversidad, tolerancia y tratamiento de los delitos de odio de una manera más extensa. Por poner un ejemplo, en mayo de 2021 se celebró el III Seminario de Delitos de Odio titulado: “Una reflexión sobre la mejora en la prevención del discurso de odio”, que congregó a más de 320 agentes de diferentes cuerpos policiales para su especialización. Además, la ONDOD colabora en formaciones de otras instituciones públicas y privadas, así como en la formación de algunas policías locales, funcionarios de otras administraciones y de personal civil, ya que los delitos de odio son un problema que implica no solo a los especialistas, si no a la sociedad en su conjunto.

A continuación, de forma breve, se nombran los hitos más importantes que se han conseguido en los últimos años, entre ellos, Guías de actuación para FFCCS o Protocolos, que se pueden consultar en la página web del Ministerio del Interior:

• Plan de Acción de lucha contra los delitos de odio: este plan, iniciado en 2019, otorgó un nuevo enfoque e impulso a la respuesta de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSE) ante los incidentes y delitos de odio. Para ello aborda cuatro ejes fundamentales: la formación de las FFCCSE, la prevención, la atención a las víctimas y las respuestas ante este tipo de delitos. Además, se desarrollan procedimientos específicos y herramientas digitales para contrarrestar el discurso de odio en las redes sociales.

• Protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para los delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación: el presente protocolo constituye un marco de referencia para abordar la actuación policial en materia de los delitos de odio y conductas discriminatorias, por lo cual, establece pautas generales de obligado cumplimiento para las FFCCSE.

• Guíadeactuaciónconvíctimasdedelitosdeodiocondiscapacidaddeldesarrollo: folleto explicativo que indica de manera breve cómo actuar cuando las víctimas de delitos de odio son personas con discapacidad del desarrollo.

• Guía de buenas prácticas para la denuncia de los delitos de odio: folleto explicativo sobre la definición de qué son los delitos de odio y cómo pueden denunciarse. Este documento pretende aclarar ciertos conceptos a la ciudadanía para una mejor comprensión y lucha contra esta problemática social.

Ambas guías tienen el objetivo de acercar de manera sencilla y objetiva los procedimientos jurídicos y de asistencia, estando disponibles para las FFCCS y la población en general.

• Protocolo para combatir el discurso de odio ilegal en línea: es un instrumento elaborado en el marco del “Acuerdo para cooperar institucionalmente en la lucha contra el racismo, la xenofobia, la LGTBIfobia y otras formas de intolerancia” gracias a la colaboración de muchos de los actores involucrados en la lucha contra el discurso de odio en línea en España: como instituciones de la Administración Pública, organizaciones de la sociedad civil y las empresas más representativas prestadoras de servicios de alojamiento de datos. Su principal objetivo es facilitar la colaboración entre todos los firmantes del protocolo, desde sus distintas competencias, en la lucha contra el discurso de odio ilegal en línea, atendiendo a la situación legislativa de España y las recomendaciones de la Unión Europea que existen sobre esta materia.

Todos estos instrumentos están siendo eficaces para combatir los delitos de odio. Sin embargo, la intención de la ONDOD es seguir avanzando en esta lucha y para conseguirlo, una de las herramientas con la que se debe contar son las encuestas de victimización. Por ello, entre las medidas recogidas en el primer Plan de Acción de lucha contra los delitos de odio (2019-2021) del Ministerio del Interior, se recogió como medida 6.1 el “Lanzamiento de la encuesta de inseguridad a víctimas de delitos de odio”.

De ahí que, desde finales del mes de diciembre de 2020 y el primer trimestre de 2021, se llevó a cabo la precitada encuesta, cuyos resultados se exponen en este informe. El objeto de la misma es principalmente comprender el sentir de las víctimas respecto a esta problemática social, pero también: la percepción social del riesgo; los principales motivos de discriminación; el porcentaje de infradenuncia; el trato policial que recibió la víctima; o los recursos que tuvo tras interponer la denuncia en dependencias policiales.

La encuesta fue implementada por la ONDOD en su espacio reservado en la página web del Ministerio del Interior y también se confeccionó en formato de lectura “fácil” para su comprensión por parte de personas con discapacidad del desarrollo. Además, se tuvo en cuenta a aquellas personas que no tienen acceso a medios digitales (brecha digital) por encontrarse en situaciones de pobreza o de “sinhogarismo” y se imprimieron encuestas en formato papel con la inestimable ayuda de las entidades sociales que trabajan en este ámbito.

En este informe se presentan los resultados más relevantes de esta encuesta sobre delitos de odio dirigida a víctimas, con el fin de que se puedan extraer conclusiones al objeto de poder mejorar la prevención y reacción de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación a los delitos de odio que se produzcan en España.

INFORME COMPLETO AQUÍ

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